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REDACCIÓN

Esta es una de las conclusiones destacadas del taller-debate sobre la Ley de la Ciencia estatal que han organizado la Associació Catalana d'Entitats de Recerca (ACER) y Biocat. La sesión, que se celebró en el Parc Científic Barcelona el pasado miércoles, tuvo como ponente principal el abogado Ignasi Costas, quien analizó con detalle los cambios que han introducido sobre el sistema estatal de ciencia e investigación las dos leyes aprobadas este año, la de Economía Sostenible (que entró en vigor el pasado marzo) y la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, aprobada por el Parlamento español el pasado mes de mayo —con el voto favorable de los principales grupos parlamentarios— y que entrará en vigor el próximo mes de diciembre.

Ante un auditorio formado principalmente por directores de centros de investigación y responsables de transferencia tecnológica de las universidades catalanas, el director general de Investigación, Josep M. Martorell, que intervino en la apertura del acto, e Ignasi Costas coincidieron en subrayar que uno de los elementos clave de la nueva ley es que establece que la regulación de las entidades de investigación corresponde al gobierno de la comunidad autónoma donde están ubicados.

Martorell valoró positivamente que la legislación estatal blinde la autonomía de Cataluña para gestionar sus centros de investigación y señaló que es voluntad del Gobierno avanzar lo más rápido posible en la elaboración de un proyecto de ley y contar con la participación activa de la comunidad científica. El director general de Investigación recordó que, según los expertos, los tres elementos básicos para que un país pueda construir de un sistema científico potente son: la calidad de vida del entorno, los recursos económicos y la libertad. "La calidad de vida la tenemos garantizada, los recursos serán los que nos permita el contexto económico en que nos encontramos —seguro que menos de los que quisiéramos—, pero lo que sí podemos hacer y debemos hacer ahora desde la Administración es construir un marco legal que dé la máxima flexibilidad posible al sistema de investigación catalán".

La ponencia de Ignacio Costas identificó cuatro ejes básicos de las actividades de investigación y transferencia de las entidades de investigación donde las leyes de Economía Sostenible (LES) y de Ciencia, Tecnología e Imnovación (LCTI) aportan cambios significativos: la transferencia tecnológica y los contratos de I+D+i, la propiedad industrial e intelectual, la creación de spin-off, y la compatibilidad profesional con la dirección de centros de investigación. Por otra parte, destacó los cambios que la Ley de Medidas Fiscales y Financieras de la Generalitat (de acompañamiento de los presupuestos 2011, que se encuentra en trámite parlamentario) introduce en el marco legal de la investigación y la innovación, ya que, entre otras medidas, establece un nuevo régimen jurídico para los centros CERCA y ICREA.

Costas revisó las luces y las sombras de las nuevas leyes, ya que algunas de las medidas previstas en la LES con respecto a la transferencia de resultados de la investigación (como la necesidad de que la cesión de derechos se haga en régimen de concurrencia competitiva, por ejemplo, o las cláusulas de mejor fortuna) pueden resultar, según indicó, de difícil aplicación a la realidad del mercado o un freno para que el sector privado asuma riesgos en el desarrollo de nuevos productos a partir de la investigación licenciada. Sin embargo, el ponente hizo hincapié en la reserva que la Ley de la Ciencia hace en este ámbito a favor del derecho privado de cada comunidad autónoma. En cuanto a los contratos de I+D+i, Costas subrayó la apuesta por la compra pública innovadora que hay en las dos nuevas leyes estatales: por un lado, la LES limita la aplicación de los procedimientos de la Ley de Contratos del Sector Público, a parte de contener un mandato para que el Gobierno central fije en los presupuestos de los departamentos ministeriales y entidades dependientes las cuantías destinadas a financiar estos contratos de investigación y desarrollo; y por el otro, la LCTI prevé el impulso de la contratación pública de actividades innovadoras para alinear la oferta tecnológica privada con la demanda pública.

Otro de los aspectos de la nueva legislación destacados en el taller es la regulación de la participación de los investigadores en los beneficios de la explotación de la investigación, que la LCTI establece como un derecho, que ahora también es extensivo al personal de los centros de titularidad autonómica (hasta el ahora no incluidos en la regulación de la participación en beneficios prevista en la anterior legislación sobre patentes).

En cuanto a la creación de spin-off, la LCTI la facilita al modificar el sistema de incompatibilidades que hasta ahora constreñía la participación del personal investigador de los centros públicos (universidades, centros de investigación y centros del sistema de salud) en sociedades mercantiles. La nueva ley autoriza la prestación de servicios a empresas, a tiempo parcial, los investigadores de los centros públicos —siempre que el centro de origen participe en el capital de la empresa— y regula las excedencias, que podrán pedir por períodos de hasta a cinco años para incorporarse a agentes privados nacionales o extranjeros. La LTCI también modifica las limitaciones que establecía la Ley del Medicamento para el personal sanitario en cuanto a su participación en entidades que tengan intereses económicos en la fabricación, elaboración, distribución y comercialización de medicamentos y productos sanitarios. Ahora esta participación será posible, siempre que el organismo de origen del personal que presta servicios en la empresa participe en su capital, lo que facilitará la creación de spin-off dentro de los institutos y centros de investigación hospitalarios.

Finalmente, Costas destacó los cambios legislativos que facilitarán la compatibilidad de la actividad investigadora del personal de universidades, centros de investigación estatales y autonómicos, y centros del Sistema Nacional de Salud con la dirección de centros de investigación, que hasta ahora se veía muy dificultada por la normativa de incompatibilidades. Sin embargo, el ponente señaló que el sistema de adscripciones resulta inconcreto y confuso y que habrá que desarrollarlo por vía de reglamentos o, en su caso, a través de la citada Ley de la ciencia catalana.

El taller se cerró con varias intervenciones de científicos catalanes que subrayaron la importancia de la labor realizada por el grupo de trabajo impulsado por Biocat que durante todo el año 2010 colaboró ??con diversos parlamentarios catalanes en la preparación de muchas de las enmiendas que finalmente se incorporaron al texto de la ley. La percepción general es que el marco legislativo del sistema de investigación español no es plenamente satisfactorio y que la LCTI ha sido al final una ley tímida, pero se valora muy positivamente que reconozca la posibilidad de que Cataluña pueda regular con una ley propia su sistema de investigación.

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